jueves, 13 de diciembre de 2012

PRESTACIÓN POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO

Las trabajadoras que durante su embarazo no disponen en la empresa de un puesto de trabajo libre de riesgos para su salud o la del feto, pueden tener derecho a una prestación. El nombre que recibe esta prestación es: "Subsidio por riesgo durante el embarazo"

¿Que requisito tiene que cumplir la trabajadora?
  • Situación de alta en la Seguridad Social
  • Estar embarazada o, en su caso, en situación de lactancia natural
  • Desempeñar un puesto de riesgo para el emabarazo o lactancia natural
  • Que la empresa suspenda el contrato de trabajo por imposibilidad de adaptación o por la inexistencia de un puesto de trabajo exento de riesgo
¿Cuál es la cuantia económica de esta prestación?
La cuantía económica de esta prestación es el 100% de la base reguladora por Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Profesionales.


       

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