La prestación económica consiste en
un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora
correspondiente, que se reconoce a todos los trabajadores que
disfruten los periodos de descanso laboral legalmente establecidos en
los supuestos de maternidad biológica, adopción, acogimiento
familiar y tutela
La documentación que deberá
presentar será la siguiente:
- Acreditación de identidad tanto del
padre como de la madre mediante el DNI en vigor.
- Documento de certificación de la
empresa con los datos de la trabajadora
y fechas de inicio del descanso por
maternidad.
- Presentar el Informe de maternidad ya
tramitado por el Servicio Público de Salud
- Libro de familia o certificado de la
inscripción del hijo/os en el Registro Civil.
- Rellenar la hoja nº 4 de la
solicitud correspondiente a compartir el descanso por maternidad con
el padre.
Las solicitudes se formularán en los
modelos normalizados establecidos por la Administración de la
Seguridad Social y deberán contener los datos y circunstancias que
establece el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.


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