jueves, 28 de febrero de 2013

CONDICIONES TÉCNICAS Y DE SEGURIDAD CON LA MAQUINARIA


La normativa denomina equipos de trabajo a cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado en el trabajo, y determina que no deben representar un peligro para los trabajadores.
La actuación preventiva en la empresa se basa en la adquisición de equipos seguros, la utilización y el mantenimiento apropiado, la evaluación de riesgos, y la formación de los trabajadores.
Las máquinas comercializadas y puestas en uso han de ser seguras, es decir, concebidas y diseñadas teniendo en cuenta todas las exigencias de seguridad. 
La normativa sobre equipos establece que los equipos que se utilicen en el trabajo deben estar construidos de acuerdo a unas determinadas disposiciones.
Los riesgos derivados del mal estado de la maquinaria son los siguientes:

Riesgos:
  • Mecánicos (Lesiones por aplastamiento, cizallamiento, corte, enganche, atrapamiento, impacto, punzonamiento, fricción-abrasión. proyección de fluido)
  • Eléctrico (Choque eléctrico, cortocircuitos)
  • Térmico (Quemaduras, erosiones)
  • Radiactivo (Quemaduras, cáncer)
  • Acústico (sordera)
  • Químico y biológico (Intoxicaciones, sensibilizaciones, contagios, cáncer)
  • Incendio o explosión (quemaduras y otras lesiones)




Medidas preventivas:

En la evaluación de riesgos se ha de verificar que los equipos no hayan sufrido modificaciones que deterioren el nivel de seguridad inicial, y que se realice periódica y adecuadamente el mantenimiento, de acuerdo a lo indicado en la documentación entregada por el fabricante del equipo.
El proceso de evaluación de riesgos supone que, teniendo en cuenta las condiciones de trabajo existentes, el empresario debe:
  • Identificar los peligros.
  • Identificar todas las situaciones peligros que puedan presentarse.
  • Identificar los sucesos que puedan dar lugar a que se produzca una lesión o un daño a la salud.
  • Estimar el riesgo existente.
  • Tomar decisiones sobre la necesidad o no de reducir el riesgo.




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